INE delimita reglas para candidaturas judiciales en proceso electoral extraordinario
- Redacción
- 19 mar 2025
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El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el 23 de enero de 2024 el Catálogo de Infracciones para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF 2024-2025).
Este documento, basado en el marco constitucional y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), establece parámetros para garantizar la legalidad en la contienda por cargos judiciales.
Prohibiciones centrales
El catálogo especifica cinco conductas sancionables para aspirantes a juzgadoras/es:
Contratar espacios publicitarios en medios de comunicación (radio, TV, digitales o físicos).
Realizar actos de campaña fuera del periodo autorizado (previo al 15 de marzo de 2024).
Difundir propaganda con calumnias o datos falsos.
Utilizar contenido que afecte el interés superior de menores de edad.
Usar intermediarios para evadir las restricciones anteriores.
Actividades permitidas
Las personas candidatas podrán:
Participar en entrevistas con fines informativos (no proselitistas).
Asistir a foros de debate público organizados por instituciones académicas o medios de comunicación.
Transparencia y vigilancia
El INE y la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEPADE) supervisarán el cumplimiento de estas normas. Las sanciones incluyen multas hasta por 2,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) y, en casos graves, la inhabilitación de candidaturas.




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